Art. 5 · Modificación de la Decisión BCE/2008/33

Art. 5

Modificación de la Decisión BCE/2008/33

En vigor desde 14 nov 2024
Artículo 5 Modificación de la Decisión BCE/2008/33 El artículo 4, apartado 2, de la Decisión BCE/2008/33 se sustituye por el siguiente: «2.   El activo acreditado por el BCE al Národná banka Slovenska se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33) (*5).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:2940:oj#art-5