Art. 23
Operaciones de valores a plazo
En vigor desde 14 nov 2024
Artículo 23
Operaciones de valores a plazo
Las operaciones de valores a plazo se contabilizarán de conformidad con el Método A del artículo 24, apartado 1, de la Orientación (UE) 2024/2941 (BCE/2024/31).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2024:2938:oj#art-23