Art. 1

Art. 1

En vigor desde 9 oct 2024
Artículo 1 En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio de 2024, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea se movilizará de la manera siguiente, en créditos de compromiso y de pago, en relación con las catástrofes naturales: a) se desembolsará un importe de 378 833 540 EUR en favor de Italia en relación con las inundaciones que afectaron a la región de Emilia-Romaña en mayo de 2023; b) se desembolsará un importe de 428 405 059 EUR en favor de Eslovenia en relación con las inundaciones de agosto de 2023; c) se desembolsará un importe de 5 199 245 EUR en favor de Austria en relación con las inundaciones de agosto de 2023; d) se desembolsará un importe de 101 528 949 EUR en favor de Grecia en relación con las inundaciones de septiembre de 2023; e) se desembolsará un importe de 67 811 826 EUR en favor de Italia en relación con las inundaciones que afectaron a la región de Toscana en octubre y noviembre de 2023; f) se desembolsará un importe de 46 763 069 EUR en favor de Francia en relación con las inundaciones que afectaron a la antigua región de Nord-Pas-de-Calais en noviembre de 2023.
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