Art. 2
Renovación de la autorización
En vigor desde 8 oct 2024
Artículo 2
Renovación de la autorización
Queda renovada la autorización de comercialización de los productos siguientes:
a)
los alimentos e ingredientes alimentarios que contengan, se compongan o se hayan producido a partir del maíz modificado genéticamente y sus subcombinaciones contemplados en el artículo 1;
b)
los piensos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir del maíz modificado genéticamente y sus subcombinaciones contemplados en el artículo 1;
c)
los productos que contengan o se compongan del maíz modificado genéticamente y sus subcombinaciones contemplados en el artículo 1 para usos distintos de los regulados en las letras a) y b), a excepción del cultivo.
Historial de versiones
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