Art. 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
En vigor desde 8 oct 2024
Artículo 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna al maíz (Zea mays L.) modificado genéticamente DP202216, especificado en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único DP-2Ø2216-6.
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