Art. 7 · Fecha y hora de la notificación

Art. 7

Fecha y hora de la notificación

En vigor desde 4 sept 2024
Artículo 7 Fecha y hora de la notificación Los destinatarios de las notificaciones mencionadas en el artículo anterior serán avisados por correo electrónico de todas las notificaciones que se les envíen a través de e-Curia. El escrito procesal se considerará notificado en el momento en que el destinatario solicite acceso al mismo. Si no se solicitara acceso al escrito, este se considerará notificado al finalizar el séptimo día siguiente a la fecha de envío del correo electrónico de aviso. Cuando una parte o un interesado mencionado en el artículo 23 del Estatuto estén representados por varias personas o cuando varias personas estén facultadas para actuar por cuenta de una parte del litigio principal o del órgano jurisdiccional remitente, para el cálculo de los plazos se tendrá en cuenta el momento en que se haya efectuado la primera solicitud de acceso, tanto si el autor de dicha solicitud es el titular de la cuenta como si lo es alguno de sus asistentes. La hora que se tomará en consideración será la hora del Gran Ducado de Luxemburgo.
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