Art. 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
En vigor desde 22 jul 2024
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
1. Se establece una medida de asistencia en favor de Mauritania (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).
2. Los objetivos de la medida de asistencia son los siguientes:
a)
mejorar las capacidades de las Fuerzas Armadas de Mauritania en los componentes terrestre, marítimo, aéreo y sanitario, a fin de garantizar la seguridad del país y de la región;
b)
respaldar las actividades de Mauritania en el ámbito de la vigilancia terrestre y marítima y la disuasión, así como las operaciones militares en las fronteras orientales y meridionales del país y en su zona marítima;
c)
proteger mejor a la población civil;
d)
contribuir a la paz y la estabilidad en la región.
3. Para alcanzar los objetivos establecidos en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales:
a)
equipos de protección individual para combatientes;
b)
material médico;
c)
diversos equipos aeronáuticos polivalentes necesarios para los servicios de asistencia en tierra de aeronaves;
d)
una lancha patrullera.
La medida de asistencia también financiará los suministros y servicios conexos, incluida la formación técnica, cuando sea necesario.
4. La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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