Art. 1 · Organismos modificados genéticamente e identificadores únicos

Art. 1

Organismos modificados genéticamente e identificadores únicos

En vigor desde 2 jul 2024
Artículo 1 Organismos modificados genéticamente e identificadores únicos De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna al maíz (Zea mays L.) modificado genéticamente MON 810, especificado en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único MON-ØØ81Ø-6.
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