Art. 11
En vigor desde 21 jun 2024
Artículo 11
A más tardar el 31 de diciembre de 2026, el Comité presentará al Consejo un informe de evaluación sobre la aplicación de la presente Decisión y en particular sobre su incidencia presupuestaria.
Este informe comprenderá los elementos necesarios para que el Consejo pueda determinar, en caso necesario, las dietas de los beneficiarios.
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