Art. 2

Art. 2

En vigor desde 30 may 2024
Artículo 2 A falta de una Decisión del Consejo sobre la aplicación provisional del Acuerdo modernizado dos semanas antes de que venza el plazo para notificar la renuncia a la aplicación provisional, la Comisión notificará al depositario del Acuerdo que la Unión y Euratom renuncian a su aplicación provisional.
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