Art. 3

Art. 3

En vigor desde 8 may 2024
Artículo 3 Queda anulada la suspensión del pago del derecho antidumping ampliado, establecida con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 88/97, respecto de las partes que figuran en el cuadro del presente artículo. El derecho ampliado se recaudará a partir de las fechas previstas en la columna «Fecha de efecto» del cuadro. Partes para las que se anula la suspensión Código TARIC adicional Nombre Dirección Fecha de efecto C991 Bicicletas Mendiz S. A. Calle Zuazobidea, 22 01015 Vitoria-Gasteiz (Álava-Araba), España 26.10.2022 C896 Cyclision s.r.o. Štefánikova 68, 921 01 Piešťany, Eslovaquia 8.8.2022
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