Art. 1 · Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 2 may 2024
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales por parte de la Comisión como responsable del tratamiento a efectos de la tramitación de las solicitudes con arreglo al artículo 6 de la Decisión C(2024) 1420. 2.   La presente Decisión establece las normas que deberá seguir la Comisión para informar a los interesados del tratamiento de sus datos de conformidad con los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 cuando tramite peticiones y reclamaciones con arreglo al artículo 6 de la Decisión C(2024) 1420. 3.   Asimismo, establece las condiciones en las que la Comisión puede limitar la aplicación de los artículos 4, 14 a 17, 19, 20 y 35 del Reglamento (UE) 2018/1725, de conformidad con su artículo 25, apartado 1, letra h). 4.   Las categorías de datos personales comprendidas en el ámbito de la presente Decisión incluyen datos de identificación, información de contacto, información sobre funciones y tareas profesionales e información sobre la conducta privada y profesional y el rendimiento profesional. Las personas solicitantes también podrán facilitar las categorías sensibles de datos personales a que se refieren los artículos 10 y 11 del Reglamento (UE) 2018/1725 en el contexto de la solicitud de asistencia del Servicio de Mediación en un caso específico.
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