Art. 1 · Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración

Art. 1

Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración

En vigor desde 29 abr 2024
Artículo 1 Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración 1.   Se establece una medida de asistencia en favor de Costa de Marfil (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»). 2.   La medida de asistencia tendrá como objetivo apoyar a las Fuerzas Armadas de Costa de Marfil para proteger la integridad territorial y la soberanía de Costa de Marfil y a su población civil frente a amenazas internas y externas. 3.   Para alcanzar el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de servicios y equipos no diseñados para producir efectos letales: a) sistemas de recogida de señales electromagnéticas y su integración en aeronaves; b) equipos de comunicación y de transmisión de datos y su integración en aeronaves; c) sistemas aéreos tácticos no tripulados; d) vehículos polivalentes y camiones; e) equipos de protección individual; f) formación bajo demanda sobre equipos y formación sobre Derecho internacional de los derechos humanos y Derecho internacional humanitario. 4.   La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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