Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 mar 2024
Artículo 1 Se adoptan por la presente las orientaciones del Comité Especializado que figuran en el anexo I como orientaciones sobre los mecanismos de trabajo entre la REGRT de Electricidad y los gestores de redes de transporte de electricidad del Reino Unido. El Comité Especializado pide a las Partes que se lo comuniquen a estos sin demora.
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