Art. 1
Listas positivas europeas
En vigor desde 23 ene 2024
Artículo 1
Listas positivas europeas
La presente Decisión establece lo siguiente:
a)
la lista positiva europea de las sustancias de partida para materiales orgánicos y los grupos de sustancias de partida para materiales orgánicos que figuran en los cuadros 1 y 2 del anexo I, respectivamente;
b)
la lista positiva europea de las composiciones de materiales metálicos y los grupos de composiciones de materiales metálicos que figuran en los cuadros 1 y 2 del anexo II, respectivamente;
c)
la lista positiva europea de los componentes orgánicos de materiales cementosos y los grupos de componentes orgánicos para materiales cementosos que figuran en los cuadros 2 y 3 del anexo III, respectivamente;
d)
la lista positiva europea de las composiciones de materiales esmaltados, cerámicos y otros materiales inorgánicos que figuran en el cuadro 1 del anexo IV.
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