Art. 1

Art. 1

En vigor desde 17 ene 2024
Artículo 1 1.   El consorcio que se indica a continuación queda designado centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales acuáticos, con la responsabilidad de apoyar las actividades horizontales de la Comisión y de los Estados miembros en el ámbito de los requisitos de bienestar de los animales acuáticos: Consorcio dirigido por la Universidad de Creta (Gallos University Campus, 74100 Rethymno, GRECIA), del que también forman parte el Instituto de Parasitología del Centro de Biología de la Academia Checa de Ciencias (Branišovská 1160/31, 37005 České Budějovice, CHEQUIA) y la Universitat Autònoma de Barcelona (Edifici A; Campus UAB, 08193 Bellaterra, Cerdanyola del Vallès, ESPAÑA). 2.   La designación a la que se hace referencia en el apartado 1 se revisará cada siete años a partir de la fecha de aplicación de la presente Decisión.
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