Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 ene 2024
Artículo 1 El artículo 13, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2023/162 se sustituye por el texto siguiente: «1.   El importe de referencia financiera destinado a la cobertura de los gastos relacionados con la EUMA para el período comprendido entre el 23 de enero de 2023 y el 19 de febrero de 2025 será de 39 035 890,24 EUR. El Consejo decidirá el importe de referencia financiera para los períodos subsiguientes.» .
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:336:oj#art-1