Art. 1
En vigor desde 8 dic 2023
Artículo 1
Queda adoptado el conjunto común de normas recogido en el anexo sobre el reembolso de los gastos realizados por personas ajenas a la Secretaría Permanente de la Comunidad del Transporte a las que se haya invitado a participar en reuniones de la Comunidad del Transporte.
El conjunto común de normas adoptado en virtud de la presente Decisión sustituye a las normas adoptadas en virtud de la Decisión n.o 2020/5 y de la Decisión n.o 2021/02 del Comité Director Regional.
Una vez adoptadas, la Secretaría Permanente de la Comunidad del Transporte publicará las normas en el sitio web de la Comunidad del Transporte.
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