Art. 1 · Establecimiento, objetivos, alcance y duración

Art. 1

Establecimiento, objetivos, alcance y duración

En vigor desde 27 nov 2023
Artículo 1 Establecimiento, objetivos, alcance y duración 1.   Se establece una medida de asistencia en favor de la Arquitectura de Yaundé, Camerún y Ghana (en lo sucesivo, «beneficiarios»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»). 2.   El objetivo de la medida de asistencia es reforzar las operaciones de lucha contra la piratería y de seguridad marítima y las actividades de disuasión en el golfo de Guinea mediante el fortalecimiento de las capacidades de la Arquitectura de Yaundé y de sus Estados miembros, en particular, mejorando su conciencia situacional marítima, y mediante el aumento de la capacidad de determinadas flotas armadas costeras para patrullar la altamar, con el fin de, en última instancia, reducir la incidencia de la delincuencia y proteger los buques y recursos marítimos, y a las poblaciones costeras y sus medios de subsistencia. 3.   Para alcanzar el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipo y servicios no diseñados para producir efectos letales: a) prestación de servicios de ISR a través de un medio aéreo tripulado durante un año; el Centro Nacional de Operaciones Marítimas de la Armada de Camerún en Duala se encargará de recibir la información de ISR, realizar su posterior tratamiento y compartirla con los demás centros regionales y centros de coordinación marítima de la Arquitectura de Yaundé a través del Sistema de Información Regional de la Arquitectura de Yaundé; b) apoyo a los buques patrulleros de: i) Camerún, mediante el suministro de lanchas rápidas de intervención, ii) Ghana, mediante el suministro de sistemas aéreos navales no tripulados para la vigilancia marítima, material de ingeniería para servicios a buques y equipos de buceo con escafandra autónoma; c) un asistente técnico para asistir a la Armada de Camerún y a la Armada de Ghana; d) un asistente naval de enlace con las estructuras de la Arquitectura de Yaundé, a saber, el CCI, el CRESMAC, el CRESMAO y los CMCM de Duala (Camerún) y Acra (Ghana). 4.   La duración de la medida de asistencia será de cuarenta y ocho meses a partir de la adopción de la presente Decisión.
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