Art. 4
Entrada en vigor y aplicabilidad
En vigor desde 20 nov 2023
Artículo 4
Entrada en vigor y aplicabilidad
1. La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Las disposiciones de la presente Decisión relativas al VIS se aplicarán a partir de la fecha de entrada en funcionamiento del VIS de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2021/1134.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2023:2601:oj#art-4