Art. 11
Gastos
En vigor desde 28 sept 2023
Regla 11
Gastos
La Unión y el Reino Unido correrán cada cual con los gastos en que incurran como consecuencia de su participación en las reuniones del grupo de trabajo.
Los gastos relativos a la organización de reuniones y a la reproducción de documentos correrán a cargo de la Parte anfitriona.
Los gastos relacionados con la interpretación desde y hacia la lengua de trabajo del grupo de trabajo correrán a cargo de la Parte que solicite dicha interpretación.
Historial de versiones
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