Art. 4

Art. 4

En vigor desde 22 sept 2023
Artículo 4 Con la suficiente antelación respecto del inicio de la legislatura 2029-2034 y a ser posible antes del final de 2027, el Parlamento Europeo presentará al Consejo Europeo, de conformidad con el artículo 14, apartado 2, del TUE, una propuesta relativa a una adaptación del reparto de los escaños en el Parlamento Europeo.
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