Art. 10 · Reproducción de los archivos históricos del BCE

Art. 10

Reproducción de los archivos históricos del BCE

En vigor desde 28 jul 2023
Artículo 10 Reproducción de los archivos históricos del BCE 1.   Los archivos históricos del BCE, o cualquier información descriptiva relativa a dichos archivos, divulgada a través de las plataformas de comunicación en línea del BCE y de conformidad con la presente decisión, no se reproducirán ni explotarán con fines comerciales sin la autorización previa y expresa del BCE. El BCE podrá denegar dicha autorización sin indicar los motivos para ello. 2.   La presente decisión se aplicará sin perjuicio de las normas sobre los derechos de autor que limiten el derecho de terceros a reproducir o utilizar los documentos facilitados.
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