Art. 2

Art. 2

En vigor desde 19 abr 2023
Artículo 2 La presente Decisión será aplicable a las personas que, en la fecha de adopción de la presente Decisión ocupen, también de forma temporal, los puestos a los que se ha hecho referencia en el artículo 1, así como a las personas que las sucederán en dichos puestos.
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