Art. 3

Art. 3

En vigor desde 20 mar 2023
Artículo 3 El Acuerdo de Adhesión y el Acuerdo Subsidiario se aplicarán con carácter provisional a partir de la fecha de su firma, a la espera de la conclusión de los trámites necesarios para su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2023:684:oj#art-3