Art. 1
Representante Especial de la Unión Europea
En vigor desde 6 feb 2023
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2021/1013 se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Representante Especial de la Unión Europea
Queda prorrogado hasta el 28 de febrero de 2025 el mandato de D.a Terhi HAKALA como representante especial de la Unión Europea (REUE) para Asia central. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE termine antes de dicha fecha, a partir de una evaluación del Comité Político y de Seguridad y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).»
.
2)
En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2023 y el 28 de febrero de 2025 será de 2 665 000 EUR.».
3)
En el artículo 14, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:
«El REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y, a más tardar el 30 de noviembre de 2024, un informe global final sobre la ejecución de su mandato.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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