Art. 10 · Costes del préstamo

Art. 10

Costes del préstamo

En vigor desde 19 dic 2022
Artículo 10 Costes del préstamo Todos los costes, incluidos los asociados a la gestión de los riesgos de tipo de interés y otros riesgos financieros, contraídos por la Unión en relación con el empréstito de fondos para los préstamos correrán a cargo de los países beneficiarios, de conformidad con el artículo 220 del Reglamento Financiero y los actos de base pertinentes, y se calcularán con arreglo a una metodología establecida por la Comisión en la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2545 de la Comisión (14), complementada con directrices específicas, respetando plenamente los principios de transparencia e igualdad de trato. Todos los costes contraídos por la Unión respecto a los derivados correrán a cargo del país beneficiario. Los costes se facturarán periódicamente al país beneficiario.
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