Art. 2

Art. 2

En vigor desde 12 dic 2022
Artículo 2 Se nombrará a las personas que figuran en la lista del anexo II como miembros y suplentes de la Célula de Coordinación de Crisis de la Aviación Europea para el período comprendido entre la entrada en vigor de la presente Decisión y el 31 de diciembre de 2024, con los cargos indicados en dicho anexo. Cuando el anexo especifique un período más corto, se aplicará ese período. Los mandatos actuales cubiertos por los nombramientos a que se refiere el párrafo primero expirarán en la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
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