Art. 5

Art. 5

En vigor desde 5 dic 2022
Artículo 5 Los gastos administrativos derivados de contratos cuya validez sea superior a un ejercicio presupuestario, ya sea en virtud de los usos locales, ya se trate de contratos relacionados con el suministro de equipos, se imputarán al presupuesto del ejercicio presupuestario en el que se hubieran efectuado.
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