Art. 49
En vigor desde 5 dic 2022
Artículo 49
Se aplicará la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (3).
En el anexo de las presentes normas financieras se establecen normas detalladas para los procedimientos de contratación cuyo valor total sea inferior al umbral establecido en la Directiva 2014/24/UE.
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