Art. 4

Art. 4

En vigor desde 25 nov 2022
Artículo 4 1.   El Alto Representante informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión basándose en informes trimestrales elaborados por el SEESAC. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo. 2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.
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