Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 nov 2022
Artículo 1 El límite máximo del importe anual de las contribuciones que deberán abonar las Partes del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) para 2024 queda fijado en 1 600 000 000 de euros. Se dividirá en 1 300 000 000 de euros para la Comisión y 300 000 000 de euros para el Banco Europeo de Inversiones (BEI).
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