Art. 1

Art. 1

En vigor desde 25 oct 2022
Artículo 1 La Decisión de Ejecución (UE) 2020/1345 se modifica como sigue: 1) El artículo 2 se modifica como sigue: a) los apartados 1 y 2 se sustituyen por el texto siguiente: «1.   La Unión pondrá a disposición de Chequia un préstamo por un importe máximo de 4 500 000 000 EUR. El préstamo tendrá un plazo de vencimiento medio máximo de quince años. 2.   El período de disponibilidad de la asistencia financiera concedida mediante la presente Decisión será de treinta y nueve meses a partir del día siguiente a aquel en que surta efecto la presente Decisión.»; b) el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4.   El desembolso del primer tramo estará sujeto a la entrada en vigor del acuerdo de préstamo contemplado en el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/672. Cualquier tramo posterior se desembolsará de conformidad con las condiciones de dicho acuerdo de préstamo o, en su caso, estará sujeto a la entrada en vigor de una cláusula adicional al mismo, o a un contrato de préstamo modificado celebrado entre Chequia y la Comisión en sustitución del acuerdo de préstamo original.». 2) El artículo 3 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Chequia podrá financiar las siguientes medidas: a) el «Programa Antivirus» previsto en la «Resolución Gubernamental n.o 353 de 31 de marzo de 2020», en su versión modificada, cuya base jurídica es el artículo 120 de la «Ley n.o 435/2004 (Rec.) sobre el empleo», modificada y prorrogada por la Resolución Gubernamental n.o 1039, de 14 de octubre de 2020 y varias Decisiones Gubernamentales; b) la Opción C del «Programa Antivirus», prevista en la «Ley n.o 300/2020 (Rec.)»; c) el programa «Pětadvacítka», la bonificación compensatoria para los trabajadores por cuenta propia, previsto en la «Ley n.o 159/2020 (Rec.)», en su versión modificada por la «bonificación compensatoria de otoño» prevista en la «Ley n.o 461/2020 (Rec.)», la «nueva bonificación compensatoria para 2021» prevista en la «Ley n.o 95/2021 (Rec.)» y las correspondientes «Resoluciones Gubernamentales n.o 154/2021 y 188/2021» y la «bonificación compensatoria para 2022» prevista en la «Ley n.o 519/2021 (Rec.)»; d) la condonación parcial de las contribuciones a la Seguridad Social y sanitaria debidas por los trabajadores por cuenta propia, prevista en la «Ley n.o 136/2020 (Rec.)» (en lo referente a la Seguridad Social) y la «Ley n.o 134/2020 (Rec.)» (en lo referente a la seguridad sanitaria); e) la «prestación por cuidado de personas» para trabajadores por cuenta propia prevista en las «Resoluciones Gubernamentales n.o 262, de 19 de marzo de 2020, n.o 311, de 26 de marzo de 2020, n.o 354, de 31 de marzo de 2020, n.o 514, de 4 de mayo de 2020 y n.o 552, de 18 de mayo de 2020», en su última versión modificada y prorrogada por la «Resolución Gubernamental n.o 446, de 10 de mayo de 2021» y el artículo 14 de la «Ley n.o 218/2000 (Rec.)» relativa a las normas presupuestarias, en su forma modificada, que se aplica a los trabajadores por cuenta propia dedicados a la producción agrícola primaria y la producción silvícola, y el artículo 3, letra h), de la «Ley n.o 47/2002 (Rec.)» sobre el apoyo a las pymes, en su forma modificada, que se aplica a todos los demás trabajadores por cuenta propia.».
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