Art. 1
En vigor desde 13 oct 2022
Artículo 1
Las referencias a actos jurídicos de la UE y de Corea que figuran en el capítulo 10, sección B, subsección C «Indicaciones geográficas», notas a pie de página (51), (53) – (55), en la versión del Acuerdo publicada en la UE, o en las mismas notas a pie de página numeradas como (2), (4) – (6), en la versión del Acuerdo publicada en Corea (19), se considerarán referencias hechas a dichos actos en su versión modificada o sustituida de conformidad con el anexo I de la presente Decisión.
Historial de versiones
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