Art. 5 · Solicitudes de autorización

Art. 5

Solicitudes de autorización

En vigor desde 30 sept 2022
Artículo 5 Solicitudes de autorización 1.   Los pasticultores podrán presentar a la autoridad competente una solicitud de autorización anual para aplicar una cantidad más elevada de estiércol de herbívoros, incluido el excretado por los propios animales, que sea una cantidad de estiércol por hectárea y año que contenga: a) para 2022, hasta 230 kg de nitrógeno por hectárea y año en zonas contaminadas con nutrientes y hasta 250 kg de nitrógeno por hectárea y año en otras zonas; b) para 2023, hasta 220 kg de nitrógeno por hectárea y año en zonas contaminadas con nutrientes y hasta 240 kg de nitrógeno por hectárea en otras zonas; c) para 2024, hasta 210 kg de nitrógeno por hectárea y año en zonas contaminadas con nutrientes y hasta 230 kg de nitrógeno por hectárea en otras zonas; d) para 2025, hasta 190 kg de nitrógeno por hectárea y año en zonas contaminadas con nutrientes y hasta 200 kg de nitrógeno por hectárea en otras zonas; e) después del 31 de diciembre de 2025, hasta 170 kg de nitrógeno por hectárea y año en todas las zonas. 2.   Junto con la solicitud prevista en el apartado 1, los solicitantes declararán por escrito que cumplen las condiciones establecidas en los artículos 7, 8 y 9 y que aceptan que tanto la aplicación como el plan y el registro de fertilización previstos en el artículo 7 estén sujetos a la inspección prevista en el artículo 11 de la presente Decisión.
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