Art. 8
Evaluación de la ejecución de la ayuda macrofinanciera excepcional de la Unión
En vigor desde 20 sept 2022
Artículo 8
Evaluación de la ejecución de la ayuda macrofinanciera excepcional de la Unión
Durante la ejecución de la ayuda macrofinanciera excepcional de la Unión, la Comisión volverá a evaluar, por medio de una evaluación operativa, la solidez de las disposiciones financieras, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control interno y externo de Ucrania que sean pertinentes para la ayuda. Dicha evaluación operativa podrá llevarse a cabo junto con la evaluación operativa prevista en la Decisión (UE) 2022/1201.
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