Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 jul 2022
Artículo 1 La Decisión 2012/285/PESC se modifica como sigue: 1) El título se sustituye por el texto siguiente: «Decisión 2012/285/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Guinea-Bisáu y por la que se deroga la Decisión 2012/237/PESC». 2) Los anexos II y III se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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