Art. 1
En vigor desde 28 jul 2022
Artículo 1
La Decisión 2012/285/PESC se modifica como sigue:
1)
El título se sustituye por el texto siguiente:
«Decisión 2012/285/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Guinea-Bisáu y por la que se deroga la Decisión 2012/237/PESC».
2)
Los anexos II y III se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2022:1335:oj#art-1