Art. 4
Procedimiento para la presentación de una propuesta conjunta con arreglo al artículo 57, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696
En vigor desde 15 jul 2022
Artículo 4
Procedimiento para la presentación de una propuesta conjunta con arreglo al artículo 57, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696
1. Los Estados miembros candidatos elaborarán una propuesta conjunta y la presentarán a la Comisión. La propuesta debe cumplir los criterios enumerados en el artículo 57, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696, tal como se establece en el artículo 7 de la presente Decisión.
2. La Comisión evaluará la propuesta. La Comisión podrá comunicarse con los Estados miembros candidatos enviando preguntas y observaciones sobre la propuesta al punto de contacto del Estado miembro a que se refiere el artículo 7, apartado 1. Los Estados miembros candidatos responderán en un plazo de cuatro semanas y, si procede, actualizarán la propuesta. Las respuestas serán enviadas por el Estado miembro que haya sido designado para servir de punto de contacto en los intercambios con la Comisión con arreglo al artículo 7, apartado 1.
3. Los Estados miembros candidatos recibirán por correo postal certificado y en formato electrónico el resultado del análisis realizado por la Comisión.
4. La propuesta a que se hace referencia en el apartado 1 se presentará en un plazo de dieciocho meses a partir de la publicación del Reglamento (UE) 2021/696. A petición de los Estados miembros o de la Comisión, dicho plazo podrá prorrogarse tres meses.
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