Art. 1

Art. 1

En vigor desde 21 jun 2022
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la reunión extraordinaria de la Conferencia sobre la Carta de la Energía en virtud del Tratado sobre la Carta de la Energía, que se celebrará el 24 de junio de 2022 en Bruselas, será la siguiente: a) confirmar la enmienda propuesta a la norma 7 de las normas de procedimiento; b) aprobar la retirada del estatuto de observador de la Federación de Rusia conforme a dicha enmienda a la norma 7, que se justifica por los dos motivos que en ella se mencionan (violación de principios e incumplimiento de obligaciones financieras); c) aprobar la suspensión de la aplicación provisional del Tratado sobre la Carta de la Energía en relación con Bielorrusia, y la suspensión del estatuto de Bielorrusia como observador.
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