Art. 1

Art. 1

En vigor desde 4 abr 2022
Artículo 1 A efectos de la consulta y comparación automatizadas de datos de ADN, Italia queda facultada para recibir y transmitir datos de carácter personal en virtud de los artículos 3 y 4 de la Decisión 2008/615/JAI a partir del 9 de abril de 2022.
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