Art. 2
En vigor desde 31 mar 2022
Artículo 2
La.presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial
El artículo 1, punto 2, será aplicable a partir del 1 de julio de 2022.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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