Art. 4

Art. 4

En vigor desde 23 mar 2022
Artículo 4 La solicitud de exención presentada por las partes que figuran en el cuadro del presente artículo son inadmisibles y, por lo tanto, se rechazan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 88/97. Los rechazos tendrán efecto a partir de las fechas que se indican en la columna «Fecha de efecto» del cuadro. Partes respecto a las cuales se rechaza la exención Nombre Dirección Fecha de efecto Bicicletas Mendiz S. A. Zuazobidea, 22 (P. I. Jundiz), 01015 Vitoria-Gasteiz, España 5.5.2021 MK Bicycles GmbH Krugbäckerstraße 16-56424 Mogendorf, Alemania 14.6.2021 Smart Urban Mobility BV Contactweg 26, 1014BH Amsterdam, Países Bajos 17.6.2021 UW Werkmaatschappij B.V. Postbus 9255, 3506GG Utrecht, Países Bajos 12.11.2021
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