Art. 4
En vigor desde 23 mar 2022
Artículo 4
La solicitud de exención presentada por las partes que figuran en el cuadro del presente artículo son inadmisibles y, por lo tanto, se rechazan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 88/97.
Los rechazos tendrán efecto a partir de las fechas que se indican en la columna «Fecha de efecto» del cuadro.
Partes respecto a las cuales se rechaza la exención
Nombre
Dirección
Fecha de efecto
Bicicletas Mendiz S. A.
Zuazobidea, 22 (P. I. Jundiz), 01015 Vitoria-Gasteiz, España
5.5.2021
MK Bicycles GmbH
Krugbäckerstraße 16-56424 Mogendorf, Alemania
14.6.2021
Smart Urban Mobility BV
Contactweg 26, 1014BH Amsterdam, Países Bajos
17.6.2021
UW Werkmaatschappij B.V.
Postbus 9255, 3506GG Utrecht, Países Bajos
12.11.2021
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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