Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 mar 2022
Artículo 1 Actuando conjuntamente en interés de la Unión, los Estados miembros que son Partes contratantes en el Convenio del CIADI expresarán su aceptación de las enmiendas propuestas a las reglas del CIADI durante el procedimiento de votación por escrito iniciado por el presidente del Consejo Administrativo del CIADI el 20 de enero de 2022 y cuya conclusión está prevista para el 21 de marzo de 2022, aprobando los cuatro proyectos de resoluciones para: — modificar los Reglamentos y las Reglas aplicables a los procedimientos regidos por el Convenio del CIADI [AC (C)/RES/1/2022], — modificar los Reglamentos y las Reglas aplicables a los procedimientos regidos por el Mecanismo Complementario del CIADI [AC (C)/RES/2/2022], — adoptar Reglamentos y Reglas aplicables a los procedimientos de mediación del CIADI [AC (C)/RES/3/2022], y — adoptar Reglamentos y Reglas aplicables a los procedimientos de comprobación de hechos del CIADI [AC (C)/RES/4/2022].
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