Art. 1
En vigor desde 3 mar 2022
Artículo 1
La posición que deberán adoptar los Estados miembros en nombre de la Unión en el 65.° período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes, que se celebrará del 14 al 18 de marzo de 2022, cuando este organismo sea llamado a adoptar decisiones sobre la inclusión de sustancias en las listas de la Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972, y el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 de las Naciones Unidas, es la que se establece en el anexo de la presente Decisión.
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