Art. 5 · Apoyo de los Estados miembros

Art. 5

Apoyo de los Estados miembros

En vigor desde 28 feb 2022
Artículo 5 Apoyo de los Estados miembros 1.   Los Estados miembros estudiarán la prestación de asistencia financiera y logística a Ucrania, incluido el suministro de equipos de protección. 2.   Los Estados miembros permitirán el tránsito de equipo militar, incluido el personal concomitante, a través de sus territorios, incluido su espacio aéreo.
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