Art. 1
Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración
En vigor desde 28 feb 2022
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, ámbito de aplicación y duración
1. Queda establecida una medida de asistencia en beneficio de Ucrania (en lo sucesivo, el «beneficiario»), que será financiada con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, la «medida de asistencia»).
2. El objetivo de la medida de asistencia es contribuir al refuerzo de las capacidades y la resiliencia de las Fuerzas Armadas ucranianas para defender la integridad territorial y la soberanía de Ucrania y proteger a la población civil de la agresión militar en curso.
3. Para conseguir el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará el suministro a las Fuerzas Armadas ucranianas de equipos y plataformas militares diseñados para producir efectos letales.
4. La duración de la medida de asistencia será de veinticuatro meses desde la adopción de la presente Decisión.
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