Art. 7
Consideraciones específicas de seguridad
En vigor desde 25 ene 2022
Artículo 7
Consideraciones específicas de seguridad
1. El número de intentos que puedan realizarse para revocar una autorización de viaje con el mismo documento de viaje, el mismo número de solicitud o el mismo código único será limitado. Además, se adoptarán medidas para proteger el sitio web público contra el acceso no humano.
2. El proceso de revocación incluirá medidas por las que expire después de un período de inactividad debidamente definido.
3. Los detalles adicionales relativos a la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos tratados serán objeto de las especificaciones técnicas a que se refiere el artículo 73, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1240.
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