Art. 1
En vigor desde 17 ene 2022
Artículo 1
La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión en el Comité Mixto del EEE en relación con la modificación del anexo II (reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión (5).
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