Art. 6 · Presentación de informes

Art. 6

Presentación de informes

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 6 Presentación de informes Al principio y durante el período de ejecución, el Alto Representante proporcionará al CPS informes de periodicidad semestral que contendrán información actualizada sobre el estado de ejecución de la medida de asistencia, de conformidad con el artículo 63 de la Decisión (PESC) 2021/509, así como a petición en caso de que haya denuncias de incumplimientos graves de los acuerdos o en caso de acontecimientos políticos o de seguridad. El administrador de las medidas de asistencia informará regularmente al Comité del Fondo creado por la Decisión (PESC) 2021/509 sobre la ejecución de los ingresos y gastos, de conformidad con el artículo 38 de dicha Decisión, incluido facilitar información a proveedores y subcontratistas implicados.
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