Art. 4 · Ejecución

Art. 4

Ejecución

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 4 Ejecución 1.   El Alto Representante será responsable de garantizar la ejecución de la presente Decisión de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509 y las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP, en consonancia con el marco metodológico integrado para evaluar y determinar las medidas y controles necesarios para las medidas de asistencia en el marco del FEAP. 2.   La ejecución de las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 3, correrá a cargo de los siguientes organismos: a) la Agencia Central de Gestión de Proyectos (CPMA) de Lituania por lo que respecta al artículo 1, apartado 3, letras a), b) y c), y b) la Academia de Administración Electrónica (eGA) de Estonia por lo que respecta al artículo 1, apartado 3, letra d).
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